La Sala Plena de la Corte Constitucional rechazó este jueves la petición de nulidad que la Procuraduría General de la nación, en cabeza del ex-procurador Ordoñez, instauró en contra de la sentencia que avaló el matrimonio igualitario en Colombia.
Con esta nulidad queda en firme la decisión tomada por la Corte en abril de 2016 frente al matrimonio igualitario en Colombia.
El alto tribunal veló por la igualdad de derechos y determinó que el matrimonio igualitario no viola la Constitución.
Para la Corte las parejas del mismo sexo tienen derecho a formar una familia, sin discriminación, en libertad y con dignidad, por lo cual las uniones celebradas por notarios y jueces son legítimas.
La Corte señaló además que toda persona es libre y autónoma para formar una familia de forma natural, en una unión marital de hecho, en unión solemne y en matrimonio civil, acorde con su orientación sexual recibiendo igual trato ante la Constitución y la ley.
Estableciendo así que el matrimonio entre dos personas del mismo sexo debe tratarse en condiciones similares a cómo se procede una unión entre parejas heterosexuales.