Dos mujeres en Cartagena fueron discriminadas por el Juez Décimo penal quien rechazó su solicitud de matrimonio, aludiendo a que contraria su moral cristiana.

En contravía de las sentencias de la Corte Constitucional C 577 de 2011 y la 214 de 2016, que reconocieron el derecho de la unión civil para parejas del mismo sexo en Colombia, el juez Ramiro Eliseo Flórez Torres, de la ciudad de Cartagena, negó la solicitud de Matrimonio presentada por dos mujeres, Julieth Ramos y Alejandra Vásquez, amparado en el argumento de que dicho requerimiento va en contravía de sus creencias como cristiano.

Por medio de un pronunciamiento de tres páginas, el juez afirma que “no puedo casar a dicha pareja del mismo sexo, porque ello contaría mi moral cristiana, va en contra de mis principios esenciales y, cuando exista conflicto entre lo que dice la ley humana y lo que dice la ley de DIOS, yo prefiero la ley de Dios, porque prefiero agradar primero a mi Señor Dios Todopoderoso, antes que al ser humano”.

El pronunciamiento se ha ido viralizando en las redes sociales y algunos activistas coinciden en que más allá de un desconocimiento de la Constitución y de la laicidad del Estado Colombiano, es una decisión mañosa que pretende generar un debate en torno a derechos que la población LGBTI ha logrado garantizar y visibilizar a través de una lucha que lleva más de 50 años en Colombia.

Con este nuevo pronunciamiento, se debela una vez más la fragilidad de la ley en un país como Colombia donde, en este caso, en nombre de la religión, se siguen vulnerando los derechos civiles por parte de “supuestos servidores públicos” que, más allá de sus creencias religiosas, deberían priorizar el reconocimiento de los derechos que juraron defender.

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