¡Colombia sigue avanzando en derechos LGBTI+! Hace un par de semanas la Corte Constitucional falló a favor de una tutela que logró que, las personas con identidad de género no binaria puedan identificarse así en su documento de identidad.

La tutela ciudadana logró que la Corte Constitucional de Colombia solicite a la Registraduría Nacional del Registro Civil la tarea de incluir la categoría de componente de género ‘no binario’ en la cédula de ciudadanía en un plazo máximo de seis meses.

El caso anónimo de una persona que no se identifica con ninguna de las opciones binarias que la Registraduría tiene disponibles en el componente de género del registro civil, apelaba a que debido a la información sobre sexo (Masculino/Femenino) en el documento de identidad y su apariencia, había sido víctima de discriminación.

De esta manera, la Corte Constitucional al reconocer que se le han violado sus derechos a la dignidad humana y a la personalidad jurídica, al no poder registrar la opción de la identidad de género con la que se identifica en sus registros de identidad, extendió la solicitud de la inclusión del género ‘no binario’ en los documentos de ciudadanía colombiana.

¿Qué es género no binario?

El género No Binario se usa para describir ampliamente una identidad de género que no se puede categorizar como masculina o femenina. Las personas no binarias experimentan su género de diferentes maneras.

Podría experimentarse como una combinación de hombre y mujer, ni hombre ni mujer, ni como algo completamente independiente de las nociones de identidades de género convencionales.

No binario es un término general expansivo, y muchas identidades de género discutidas en este artículo se incluyen en él.

Todxs tenemos una identidad de género. Para algunas personas, su identidad de género se corresponde con el género asignado al nacer (cisgénero), para otras no. Las identidades de género que difieren del sexo asignado al nacer, incluidas las más allá del binario, así como las formas en que las expresamos, han existido en todo el mundo desde que existe la vida, solo que estamos atravesando un momento en el que se están empezando a reconocer.

Con respecto al fallo

La magistrada de la Corte Constitucional, Gloria Ortiz en un documento de 93 páginas comunicó que ahora la Registraduría tiene que crear una tercera opción de género, en esta manera la entidad gubernamental encargada ahora tendrá que desarrollar medidas para que las personas no binarias que cumplan con los requisitos sobre la corrección del componente sexo puedan optar por esa categoría, con las mismas garantías de quienes se identifican oficialmente en forma binaria.

La jueza que admitió la tutela, apeló al caso diciendo que basar la identificación en un sistema “que plantea un código de identificación binario, en el cual solo se puede ser hombre o mujer, es anacrónico y propicia la discriminación de otras identidades” reconociendo que vivimos en una sociedad que está por fuera de lo binario y no debería ser vista solo bajo este lente.

La Corte tiene claridad que el ingreso de una nueva opción, tendrá que redefinir muchas cosas del manejo de información que se hace actualmente en la Registraduría de la Nación, pero también reconoce que son cambios que se deben hacer.

Es importante este cambio porque para las personas que no nos identificamos como una parte del binario, el momento de ser solicitada esa información puede ser una situación negativa al tener que identificarnos como algo que no nos pertenece.

En los comunicados, la magistrada resaltó que, si transcurridos los seis meses, la regulación planteada no se ha materializado, las personas con identidades de género no binarias podrán cambiar ante las autoridades competentes la asignación de su categorización respecto del sexo.

También es una luz para el reconocimiento de nuevas identidades desde el panorama legal y legislativo del país, para que se reconozca a las personas sin importar su género, sino como una parte más de la sociedad, que también es válida e importa.

¿Eres una persona género no binario y si es así, ejercerás este derecho en tu documento de identidad?

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