Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló en segunda instancia en caso Sergio Urrego determinando que la Secretaría de Educación del departamento no cumplió su deber, obligándole a tomar acciones para prevenir la discriminación en entornos escolares.

Este nuevo fallo busca obligar al Estado para que emprenda una serie de acciones con el objetivo de evitar que se continúen presentando casos de discriminación y matoneo en instituciones educativas y entornos escolares, ya que se determinó que la Secretaría de Educación no cumplió con su deber de inspeccionar y vigilar al colegio Gimnasio Castillo Campestre frente a la serie de sucesos en contra de Sergio Urrego.

Inicialmente, Alba Reyes, madre de Sergio y actual directora de la Fundación Sergio Urrego Reyes, interpuso una acción de reparación directa contra la Secretaría, en la cual se buscaba resarcir el daño, no a través de dinero, sino con acciones simbólicas para evitar que se repitieran casos como éste, como revisión de los manuales de convivencias para establecer protocolos contra la discriminación, capacitación a funcionarias y funcionarios en diversidad sexual e identidades de género, junto con la conmemoración anual del 17 de mayo, Día Internacional de la No Homofobia y No Discriminación, con talleres para el personal docente y administrativo de colegios.

La primera respuesta por parte de la Secretaría de Educación frente a la demanda, hacía referencia a que el Ministerio era el encargado de un sistema de protección para prevenir la violencia escolar y que la omisión era responsabilidad de los padres, ya que el suicidio de Sergio se había dado por fuera de la institución, lavándose así las manos.

“Fueron hirientes con el tema. Un poco diciendo que fue culpa de los padres, cuando claramente la Corte Constitucional reconoció que él fue víctima de matoneo y que no tuvo los instrumentos para defenderse” declaró la abogada Guerrero, representante de Alba Reyes, al diario El Espectador.

Sin embargo, aunque en primera instancia un juez administrativo del circuito de Bogotá determinara que la implementación de los manuales de convivencia no era responsabilidad de la Secretaría. En segunda instancia, el Tribunal Administrativo realizó un nuevo análisis del caso y los magistrados reconocieron que las secretaría de educación deben controlar y vigilar los colegios, además de dejar claro que en el caso de Sergio hubo omisión por parte del Estado.

De esta forma, se declara responsable a la entidad departamental y es obligada a publicar la decisión en sus plataformas, medios de comunicación y publicaciones internas para que tanto funcionarios como ciudadanía conozcan lo sucedido. También se exige enviar copia del fallo a todas las secretarías de educación del país para que publiquen la información en sus sitios web. Un hecho importante que marca precedente.

“Además de lo que dice del caso de Sergio, informa a las secretarías de educación sobre su responsabilidad frente a los manuales de convivencia y que, en general, son responsables de implementar la ley 1620, que es la norma que protege a los niños en los colegios frente todos los tipos de matoneo, no solo por temas de orientación sexual” declaró Alba Reyes a El Espectador

Es importante también dar a conocer que aunque la Secretaría de Educación de Cundinamarca declara proceder a acatar el fallo, no comparte las consideraciones del mismo porque argumentan que sí se llevan a cabo activaciones de protocolos y procedimientos para hacer frente a caso de discriminación. Aunque éstas no fueron exitosas en el caso de Sergio, ni en muchos otros que se han venido dando desde su muerte en el 2014.

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